MEMORIA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORROPÓN: 1906
Reseña de la Administración Municipal de Morropón correspondiente al ejercicio edil de 1906, que fue publicada el 18 de Diciembre, bajo la dirección de su alcalde Juan F. Molero. Su cuerpo literal es el siguiente:
“Señor Alcalde del H. Concejo
Provincial de Piura. Cumpliendo con las indicaciones que US. Se sirve hacerme
en su atento oficio de 26 de Noviembre último, paso a darle los datos que
respecto de la marcha de este Distrital solicita.
INSTRUCCIÓN.-
Deja aún mucho que desear la que
actualmente se da en las escuelas establecidas en la población. Y esto proviene
indudablemente de que las direcciones de ellas (con excepción de la de varones)
no tienen, o no han adoptado aún, el método requerible para que la enseñanza y
aprendizaje de los alumnos sea, como debe ser, un hecho tangible.
Hay otra razón también que en concepto del suscrito existe sin que ella dependa de los profesores, sino de la Dirección del Ramo. Es esta la falta de profesores auxiliares en cada escuela, los que si existiesen, ayudarían en mucho a los principales, haciéndoles la tarea que les respecta posible de cumplimiento. Ya antes de ahora, y cuando aún la instrucción dependía directamente de los Municipios, he tratado y he insistido ante este H. Provincial sobre el mismo punto, y mi insistencia estaba y está robustecida con los resultados que la práctica tiene dados. Y efectivamente, esta nos ha demostrado que es imposible que un solo maestro pueda atender a la instrucción de los sesenta alumnos que determina la ley de la materia. Son muchas las razones que apoyan tal aseveración, y para estimarlas así, y de una vez, basta solo llegar a la consideración de que es imposible, que un solo sujeto atienda simultáneamente: el orden, el estudio, las clases, las explicaciones relativas a la instrucción objetiva y otras labores que respectan al profesorado de las escuelas a que me refiero.
En este convencimiento, el suscrito cree que la Instrucción en el Distrito ganaría mucho con la dotación de auxiliares en las escuelas y sería de desear que si US. Tiene oportunidad recuerde el punto a la Dirección o Inspección del Ramo, para que, si lo juzgan conveniente, la atienda como corresponda.
RENTAS MUNICIPALES.-
Las que respectan a este Distrital por los arbitrios, cuyo cobro se ha encargado a la Compañía Nacional de Recaudación, en virtud del contrato respectivo celebrado por ese H. Provincial, han aumentado en más de un 50% de lo que producían con el sistema de remates; así pues, los ramos de “Peso y Medida”, “Sisa”, “Plaza”, “Chichas y Pulperías”, que antes producían, respectivamente, S/.100.00 y S/.33.00 y S/.17.55 al mes, hoy producen más que menos, S/.160.00, S/.50.00 y S/.32.00 mensuales. En cuanto a las rentas que producen los demás arbitrios establecidos no han sufrido alteración alguna y por esa razón se han considerado en el presupuesto para 1907 tal como figuraban en el de 1906.
ARBITRIOS QUE DEBEN
ESTABLECERSE.-
No existe razón alguna para que en esta población se cobre y pague un sol por cada res que se mata en el camal, en vez de un sol cincuenta centavos que se paga en Piura; y digo que no existe razón alguna, por que aquí se dan las mismas facilidades para la matanza, el ganado gordo se consigue más barato y la carne se vende a precio más alto que en la plaza referida.
Tampoco hay razón justificada para que no se establezca algún impuesto por las introducciones de arroz en cáscara que se hacen a los Ingenios del Distrito para el beneficio de pila. Se ha alegado para evadir todo pago y como razón de mucha fuerza, el hecho de que Morropón está en condiciones excepcionales como Distrito Productor del grano; pero si se toma en cuenta el hecho también de que los agricultores que lo siembran venden sus cosechas desde sus chácaras a los que acarrean el grano a los ingenios, la razón alegada queda destruida desde que en tal operación existe un expendió que por lo mismo debe ser gravado con el impuesto municipal que le respecta.
Parece pues, que se hace necesario que ese H. Provincial dicte las medidas necesarias para que la tarifa de Camal en el Distrito rija igual que la de Piura y que considerando debidamente lo relativo al arroz en cáscara, se imponga a este un arbitrio de diez centavos por carga de dieciocho arrobas. Ello sería poco gravoso y daría al Concejo una renta de S/.400 a S/.500.00 anuales, que bien le vendrían para el incremento de obras públicas, cuya falta se hace sentir demasiado en la localidad. Al respecto el más ilustrado criterio de US. resolverá lo conveniente.
GASTOS MUNICIPALES.-
Conforme US. habrá tenido oportunidad de ver en el presupuesto que este Distrital ha aprobado para 1907, han sido aumentadas algunas partidas de los Egresos que tal como estaban en el presupuesto de 1906, resultaban deficientes, pues ellas no remuneraban ni regularmente siquiera el trabajo de los empleados que las perciben. También se ha aumentado el gasto de cinco libras para subvención de un médico que asista a los enfermos de la población, con obligación de curar gratis a los pobres y las razones que existen para este gasto y los aumentos que en el presupuesto aparecen están enumeradas en el oficio dirigido a US. por esta Alcaldía, con fecha 14 del presente mes.
PROPIEDADES MUNICIPALES.-
En el bienio que termina ha
adquirido este Concejo dos locales con comodidades suficientes en los que se
han invertido S/.2,661.00 de las economías que tenía hechas. En dichos locales
funcionan actualmente las escuelas de varones y de niñas que actúan en la
población, siendo entendido que desde el 1° de Enero próximo se cobrará al
Estado el valor de arriendos que corresponden y que figuran ya en los Ingresos
del presupuesto de 1907.
OBRAS PÚBLICAS CONSTRUIDAS.-
Cuentanse en este número una
Plaza de Abastos y un corralón debidamente cercado de pared y con las
comodidades consiguientes, para el establecimiento del Camal; ambas obras
satisfacen por lo pronto las necesidades relativas a la localidad.
OBRAS PÚBLICAS EN PROYECTO.-
Está actualmente organizándose el expediente relativo a una Plaza de Armas que se construirá en la población y para cuyos gastos cuenta el Concejo, hasta hoy, con un sobrante de un mil seiscientos soles, ocho centavos, según aparece del Estado de Caja cortado en 30 de Noviembre último, que separadamente remito. Próximamente se someterá también a conocimiento de ese H. Provincial el proyecto en referencia a fin de que, si lo encuentra conveniente, le dé su aprobación.
HIGIENE Y VACUNA.-
En todo cuanto lo permiten las
facultades de este Distrital, son atendidos ambos ramos. Para atender al
primero se hacen las visitas domiciliarias de ordenanza, por el Inspector del
Ramo; y en cuanto al segundo solo diré a US. que antes que llegasen a este los
vacunadores nombrados por el Ministerio de Fomento se resolvió que un vacunador
de la población rentado por el Concejo propagase el fluido vacuno, en todas las
circunscripciones del distrito, cargando el gasto a la partida correspondiente
del presupuesto. De este hecho, di cuenta oportuna a US. que lo aprobó y
secundó eficazmente, remitiéndose el fluido que se necesitaba para el objeto.
BAJA POLICÍA.-
También se atiende este ramo en
cuanto es posible hacerlo; y con el objeto de establecer mejor su servicio,
funciona desde Junio del presente año, un colador municipal de baja policía,
que ayuda al Sub Inspector de la misma, que ya funciona desde 1902.
Espero que lo consignado en el
presente oficio, satisfaga lo solicitado en el atento de US. a que en un
principio me refiero. Dios guarde a U.-
Firmado: Juan F. Molero”.